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Radar · VenezuelaNov 3, 2026

Providencia 00093 SENIAT: qué hacer antes de abril de 2027

La nueva norma de facturación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) rige desde abril de 2027. Te contamos qué cambia y cómo prepararte con tiempo.

En 30 segundos

  • La Providencia SNAT/2026/00093 salió en Gaceta Oficial el 21 de octubre de 2026 y rige a los 180 días continuos.
  • Podrás facturar por el portal o la aplicación del SENIAT, por imprenta digital o por máquina fiscal. Tú eliges.
  • El papel queda solo para contingencias, y lo emitido en papel se envía en PDF al día siguiente.

Qué pasó

El 21 de octubre de 2026, la Gaceta Oficial N.° 43.484 publicó la Providencia Administrativa SNAT/2026/00093. Fija las reglas y los medios para emitir facturas y otros documentos fiscales.

Rige 180 días continuos después de su publicación: según el cómputo habitual, el 19 de abril de 2027. Confirma la fecha exacta con tu contador o abogado. Ese día quedan derogadas las providencias que hoy regulan la facturación, como la SNAT/2011/0071 y la SNAT/2024/000102.

  • Medios (arts. 4 y 5): el portal o la aplicación gratuitos del SENIAT, una imprenta digital u otro proveedor autorizado, o una máquina fiscal. Tú eliges.
  • Papel solo en contingencia (arts. 6 y 7): ante cortes de luz, fallas de internet o del medio de emisión. Lo emitido se registra y se envía en PDF al día siguiente.
  • Precios en divisas (art. 8): la factura muestra el monto en moneda extranjera, su equivalente en bolívares y el tipo de cambio aplicable.
  • Retenciones (art. 18): los comprobantes del impuesto al valor agregado (IVA) y del impuesto sobre la renta (ISLR) llevan un número de 14 caracteres y el correo del proveedor.

Qué significa para tu empresa

Piensa en un comercio con tres sucursales en Valencia y unas 7.500 facturas al mes, un tercio con precios en divisas. Son 2.500 facturas que deben mostrar juntos el monto en divisas, los bolívares y el tipo de cambio.

Como agente de retención, emite unos 80 comprobantes al mes. Si faltan los correos de 12 proveedores, esos comprobantes quedan incompletos.

Y si un corte de luz detiene una sucursal y salen 120 facturas en papel, al día siguiente son 120 registros por cargar y un PDF por enviar.

Qué hacer ahora

  1. Haz el inventario de emisión. Anota cuántas cajas, máquinas fiscales y talonarios tienes, y quién emite notas de crédito y retenciones.
  2. Elige tu medio de emisión. Compara volumen, conectividad y el sistema que usas. En Chill UC, nuestra localización de Odoo para Venezuela emite por imprenta digital y por máquina fiscal.
  3. Prepara la contingencia. Ten talonarios en cada local y un responsable por sucursal para registrar y enviar el PDF al día siguiente.
  4. Lleva dos preguntas a tu contador. ¿Qué fecha exacta de vigencia aplicamos? Y si cambiamos de medio, ¿cómo emitimos notas sobre facturas anteriores? El artículo 12 pide usar el mismo medio de la factura.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que dejar de usar mi máquina fiscal?

No necesariamente. Sigue siendo uno de los medios autorizados (art. 4) y la elección es del contribuyente (art. 5).

¿Puedo seguir usando mis talonarios de papel?

Sí, hasta agotarlos o hasta que la norma entre en vigencia (disposición transitoria primera). Después, el papel queda para contingencias.

Fuente oficial

Norma: Providencia Administrativa SNAT/2026/00093, que establece las normas generales y los medios para emisión de facturas y otros documentos fiscales.

Publicada en: Gaceta Oficial N.° 43.484 del 21 de octubre de 2026 (fechada el 7 de septiembre de 2026).

Rige desde: 180 días continuos después de su publicación; según el cómputo habitual, el 19 de abril de 2027.

A quién aplica: personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, personas naturales que emiten documentos fiscales y contribuyentes formales del IVA (art. 2). Hay operaciones excluidas (art. 3).

Texto oficial: Gaceta Oficial N.° 43.484 (facsímil en PDF)

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Redacción: Equipo Radar Chill · Revisión: Gabriel Sánchez, especialista en Contabilidad y RRHH de Chill UC, y [NOMBRE DEL ABOGADO], abogado · Actualizado: 31 de octubre de 2026

Contenido informativo; no reemplaza asesoría contable ni legal.